A- de 2017
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Maria Jael Bolaños Bolaños·Demandado Eps Emssanar Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre criterios que determinan la competencia en materia de tutela
- Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre las Salas Laboral y Penal del Tribunal Superior de Pasto.
Como quiera que la controversia se generó por la disparidad de criterios relacionados con la interpretación de las disposiciones que regulan la competencia para el trámite de la segunda instancia de un proceso de tutela y, teniendo en cuenta que la Corporación ha resuelto casos similares al presente, la Sala Plena optó por reiterar las reglas aplicadas en dichos asuntos.
Se remite el expediente a la Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto para que de manera inmediata asuma su conocimiento y resuelva la impugnación formulada.
Se advierte a dicha autoridad que en adelante debe observar estrictamente la jurisprudencia de la Corte Constitucional en relación con los criterios que determinan la competencia en materia de tutela.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 31 de agosto de 2017 proferido por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, dentro de la acción de tutela formulada por Yanneth del Carmen Daza Daza como agente oficiosa de María Jael Bolaños Bolaños contra la EPS EMSSANAR y el Instituto Departamental de Salud de Nariño.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3119 a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto que contiene la acción de tutela presentada por Yanneth del Carmen Daza Daza como agente oficiosa de María Jael Bolaños Bolaños contra la EPS EMSSANAR y el Instituto Departamental de Salud de Nariño, para que, de manera inmediata asuma el conocimiento y resuelva la impugnación correspondiente.
- Tercero. ADVERTIR a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto que, en adelante, debe observar estrictamente la jurisprudencia de esta Corporación en relación con los criterios que determinan la competencia en materia de tutela.
- Cuarto. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a las partes y a la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto la decisión adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.